¿Funcionan o no funcionan los canales de denuncia en España?

Las causas abiertas por corrupción se han triplicado en la última década. Todo el mundo clama por mejorar las leyes e incrementar los mecanismos de control para frenar este caudal de corrupción incesante, cansino ya, dentro y fuera: en el ámbito privado, empresarial, y en el público, político e institucional. Pero cuando tenemos las herramientas adecuadas a nuestra disposición, las menospreciamos e invalidamos argumentando que no sirven, que no son eficaces o que funcionan mal… porque en España somos diferentes. No somos anglosajones, en nuestra cultura “chivarse” no entra en el código mafioso que nos vertebra como sociedad. Los canales de denuncias reducen las pérdidas medias de las empresas causadas por fraude y corrupción a la mitad, pero en España seguimos diciendo que “estos sistemas no funcionan, yo tengo un canal en mi empresa y recibo una denuncia al año” (frase literal del CEO de una compañía con más de 10.000 empleados).

¿Funcionan o no? Salgamos de una vez por todas de la duda. Veamos:

El fraude es omnipresente y no discrimina por lo que, desgraciadamente, no hay empresa que se libre. Según ACFE, la asociación antifraude más prestigiosa del mundo, tal y como recogen sus diferentes estudios Report to the Nations, “más del 40% de los casos de fraude empresarial se detectan gracias a las denuncias de los propios empleados”. De hecho, los canales de denuncias son el método más rápido y eficaz de detección del fraude, muy por delante de otras herramientas de prevención como las auditorías.

Controlar el fraude no sólo es algo ya obligado por ley, sino que su externalización debería convertirse en prioritaria en la gestión responsable de cualquier organización. Los propios fiscales españoles establecen en su reciente circular que el canal de denuncias es una herramienta obligatoria en el plan de compliance de cualquier empresa.

Los planes de compliance son una apuesta decidida por una fórmula de “autorregulación regulada” en la lucha contra la delincuencia. La responsabilidad penal de las empresas, como personas jurídicas, afecta no sólo a los delitos que se cometan en el seno de su organización, sino también a los que puedan cometer terceros como proveedores, subcontratas o autónomos que presten sus servicios a la compañía.

Por lo tanto, no es sólo que sea necesario contar con un sistema de reporte de irregularidades que proteja a quien denuncia, sino que cumpla su función de evitar la comisión de delitos, entre los que se encuentran:

– Delitos contra la intimidad y allanamiento informático

– Estafas propias e impropias

– Insolvencias punibles: alzamientos y concursos punibles.

– Daños informáticos y hacking

– Delitos contra la propiedad intelectual e industrial.

– Delitos contra el mercado y los consumidores.

Un padre que no quiere que su hijo vea la televisión le dice al hijo: “la televisión no funciona”. Al padre no le importa si la televisión realmente está funcionando o no, él sólo quiere que su hijo no la utilice. Así que me da por pensar que quizá el empresario que afirma que el canal de denuncias de su compañía no funciona quizá lo que precisamente desee es que no sea utilizado por nadie. Ojos que no ven, corazón que no siente. Muy español.

Todos estamos ya hartos de los que abusan, de los que se llevan algo que no les pertenece y que hace daño a todos, no sólo a la empresa. La corrupción y el fraude en las compañías, aparte de las pérdidas económicas que ocasiona, daña la moral de los empleados que hacen las cosas correctamente, daña la fidelidad de aquellos que creen en su empresa y están comprometidos con hacer las cosas bien.

Tenemos la percepción de que en España no se denuncia en las empresas. Eso es porque en nuestro país más del 95% de las empresas aún no tienen /ni han tenido nunca un mecanismo de control por medio del cual se pudieran “elevar las denuncias” sin temor a ser represaliado. Y dentro de ese 5% que sí cuenta con una línea ética, la mitad tiene unos mecanismos mal implantados, lo cual significa que están pensados para “disuadir” de su uso y no para fomentarlo en bien de todos.

Si un día va a la oficina y “el metro no funciona”, usted se preguntará: no funciona ahora, pero ¿va a funcionar más tarde?, ¿cuándo? Y, sobre todo, ¿por qué no funciona? Todas esas preguntas deberían hacerse aquellos que tienen mecanismos de denuncia en sus empresas y consideran que no son de utilidad.

Los canales de denuncia son efectivos y funcionan cuando se quiere que funcionen.

  • Un mal mecanismo es interpretado como mensaje disuasorio por los empleados.
  • Un mal mecanismo hace que aumente la desconfianza entre los empleados.
  • Un mal mecanismo lleva a situaciones irregulares de gestión de denuncias.
  • Un mal mecanismo hace que el denunciado tome conocimiento antes de tiempo.
  • Un mal mecanismo hace que la empresa no sepa realmente que está ocurriendo internamente.
  • Un mal mecanismo fomenta la sensación de impunidad del empleado malo.
  • Un mal mecanismo puede llevar al banquillo de los acusados a la empresa.

Cuándo los canales no funcionan, ¿a qué se debe?

  • No lo han comunicado adecuadamente a toda la organización
  • No han dado la formación adecuada
  • No hacen recordatorios a los empleados para mostrar el compromiso de la organización.
  • No hay un compromiso real de la empresa.
  • Lo tienen internamente implementado por medio del CRM o residente en la intranet.
  • Las redes internas son seguras contra los extraños a la empresa pero no da “sensación” de seguridad a los empleados.
  • Las personas que reciben las denuncias internamente son varias dentro de un mismo departamento operativo.
  • Las personas que reciben las denuncias son de confianza de la dirección pero no de los empleados.
  • En más de una ocasión el denunciado es informado “informalmente” por terceros de que había una reclamación contra el/ella.
  • Solo se puede acceder a hacer una denuncia a través de la intranet de la empresa.

Cuando lo canales funcionan, ¿a qué se debe?

  1. El proceso de toma de decisiones en todos los niveles de la empresa está orientado al cumplimiento.
  2. Los directivos promueven con su ejemplo una verdadera cultura de cumplimiento.
  3. Existe un compromiso inequívoco de la alta dirección de la empresa para evitar la comisión de delitos y un apoyo claro al programa de cumplimiento.
    el comportamiento y la implicación del Consejo de Administración y de los principales ejecutivos traslada una cultura de cumplimiento al resto de la compañía.
  4. No existe hostilidad de los directivos hacia los programas de cumplimiento.
  5. Los mensajes de los directivos en esta materia son claros e inequívocos y no denotan ambigüedad ni indiferencia.
  6. No hay ninguna conducta de los directivos que permita a los subordinados interpretar que vale la pena asumir el riesgo del incumplimiento a cambio del mayor beneficio económico que se puede obtener.
  7. Los principales responsables de la empresa no incumplen el modelo de prevención y control.
  8. La dirección no recompensa ni incentiva, directa o indirectamente, el incumplimiento del modelo de organización y prevención.
  9. El descubrimiento de los incumplimientos se produce internamente, por la propia empresa, y el infractor es inmediatamente sancionado, sin que se produzcan casos de tolerancia.
  10. La tolerancia cero se aplica en todos los incumplimientos, tanto de los subordinados como de los directivos.
    En conclusión, los canales de denuncia o líneas éticas funcionan y las empresas que los tienen se benefician en muchos aspectos que son positivos para su productividad, su reputación y su competitividad en el mercado.

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