Transposición de directivas sobre canales de denuncia para aseguradoras y distribuidoras de seguros

La transposición en plazo de directivas de la Unión Europea constituye en la actualidad uno de los objetivos prioritarios establecidos por el Consejo Europeo. La Comisión Europea presenta informes periódicos al Consejo de Competitividad a los que se les da un alto valor político en cuanto que sirven para medir la eficacia y la credibilidad de los Estados miembros en la puesta en práctica del mercado interior. 

De esta manera, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

Interesa en este sentido el artículo 199, relativo a la denuncia pública y remisión al régimen sancionador de las entidades aseguradoras. Así, los distribuidores de seguros y reaseguros deberán disponer de procedimientos adecuados para que sus empleados puedan notificar infracciones a nivel interno a través de un canal independiente, específico y autónomo. Estos procedimientos deberán garantizar la confidencialidad tanto de la persona que informa de las infracciones como de las personas físicas presuntamente responsables de la infracción.

Por último, menciona el citado artículo que deberá garantizarse que los empleados que informen de las infracciones cometidas en la entidad sean protegidos frente a represalias, discriminaciones y cualquier otro tipo de trato injusto, en consonancia con la Directiva (UE) 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Implementando un #CanaldeDenuncias en la empresa, los empleados y otros grupos de interés pueden denunciar irregularidades, así como conductas contrarias al código ético de la empresa. En este sentido, la externalización de este servicio permite a la empresa adaptarse a las mejores prácticas en Cumplimiento, dando una imagen de transparencia ante sus empleados y otros grupos de interés. En #GrupoGAT somos pioneros en proporcionar soluciones eficaces de #Compliance a nuestros clientes y en la creación de canales de denuncia externos.

Los canales de i2 Ethics, empresa de Grupo GAT, están totalmente adaptados a las exigencias de la normativa de aplicación (LOPDGDD, RGPD, LSSI, entre otras), contando además con la Certificación ISO 27001 de Seguridad de la Información.

 

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